Página del Estado de Babilonia

Latin África
Preámbulo
Los Estados signatarios de América Latina y África, inspirados en los lazos históricos, culturales y humanos que unen a ambos continentes, y reconociendo la necesidad de fortalecer la cooperación Sur-Sur para el desarrollo sostenible, acuerdan establecer el presente Tratado.
Artículo 1 – Objetivos
Promover el comercio justo y equilibrado entre los Estados miembros de América Latina y África.
Fomentar el intercambio cultural, educativo y científico, en reconocimiento de la diversidad y riqueza de nuestras naciones.
Impulsar proyectos conjuntos en áreas de innovación, tecnología, agricultura, medio ambiente y turismo.
Artículo 2 – Comercio y Desarrollo Económico
Se establecerán mecanismos preferenciales de intercambio comercial.
Los Estados firmantes eliminarán barreras innecesarias y fomentarán la creación de corredores logísticos entre ambos continentes.
Se apoyará a pequeñas y medianas empresas (PYMES) y emprendimientos comunitarios con acceso a mercados internacionales.
Artículo 3 – Intercambio Cultural y Educativo
Se crearán programas de intercambio académico para estudiantes, investigadores y artistas.
Se fomentarán festivales culturales conjuntos para difundir las tradiciones, la música, el cine y la literatura de América Latina y África.
Los Estados signatarios reconocerán mutuamente títulos académicos y certificaciones profesionales.
Artículo 4 – Medio Ambiente y Turismo
Se impulsarán proyectos de protección ambiental y de energía renovable compartidos.
Se establecerán rutas de turismo cultural e histórico entre los dos continentes.
Se promoverá el turismo sostenible con beneficios directos para las comunidades locales.
Artículo 5 – Mecanismos de Implementación
Se creará un Consejo Conjunto de Cooperación Latinoamericano-Africano para supervisar la implementación del presente Tratado.
El Consejo se reunirá anualmente, alternando entre América Latina y África, para evaluar avances y desafíos.
Las decisiones del Consejo serán adoptadas por consenso.
Artículo 6 – Entrada en Vigor
Este Tratado entrará en vigor 90 días después de la ratificación por al menos diez Estados signatarios, cinco de cada continente.
Lea Celik Sommerseth Shaw
Pres. y Fundadora de la MN Estado Babilonia, domingo 7 de septiembre de 2025
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